Oli Woodman/Unsplash
Oli Woodman/Unsplash

El maratón del IRS continúa hasta el día 30 de junio, al igual que los temas que preocupan a los contribuyentes. Una duda recurrente se refiere a la declaración (o no) del vehículo de la empresa en la declaración fiscal anual presentada a las autoridades fiscales. La respuesta es sí, el vehículo debe ser declarado al IRS si hay un acuerdo por escrito.

Si un contribuyente tiene un coche como complemento salarial, siendo responsable de los gastos de revisión, limpieza y gestión del mismo, debe declarar este suplemento en el IRS, de acuerdo con la aclaración de António Gaspar Schwalbach, Asociado de Telles Advogados y miembro del Consejo General del Colegio de Abogados de Portugal, al programa de Dinero Vivo.

El especialista afirma que "el uso personal de un coche que genera costes para el empresario constituye una remuneración accesoria (en especie), cuando existe un acuerdo escrito a tal efecto". También establece que el valor de este beneficio debe ser identificado en la declaración anual de remuneración que la empresa paga al empleado en enero a efectos del IRS.

Del artículo original en portugués: Tenho de declarar o carro da empresa no IRS? (Dinheiro Vivo)