
Los bancos portugueses pronto estarán más limitados en el cobro de comisiones por diversas operaciones bancarias. Un proyecto de ley aprobado por las Cortes Generales el viernes 14 de abril pone fin al cobro de tarifas abusivas a todos los clientes que tengan préstamos hipotecarios o para otros fines. Hasta ahora, solo los préstamos más recientes, contratados a partir de enero de 2021, estaban exentos de pagar dichas comisiones bancarias.
A mediados de abril, el Gobierno portugués aprobó, en una votación general final, una ley que incluye el fin de cobrar tarifas abusivas a todos los clientes que tienen créditos, procediendo a la primera modificación de la Ley núm. 57/2020. Cabe recordar que esta ley preveía el fin de algunas comisiones bancarias abusivas, pero solo amparaba los contratos realizados a partir de enero de 2021.
Esto significa que, hasta ahora, los contratos más antiguos, realizados hasta enero de 2021, seguirían pagando comisiones bancarias abusivas. Cabe destacar que la comisión por tramitar la cuota mensual puede alcanzar los 30 euros anuales, de media. Y se estima que cerca de 2 millones de préstamos hipotecarios se ven afectados por estas comisiones, escribe Dinheiro Vivo.
Con esta nueva ley, ya no se podrán cobrar comisiones bancarias abusivas en ningún contrato de crédito, favoreciendo la igualdad de trato entre los contratos más nuevos y los más antiguos. Cabe señalar que la prohibición de cobrar comisiones por la concesión de préstamos antes de 2021 entrará en vigor 30 días después de la publicación de la ley en el Diário da República. Una vez aprobado por el Parlamento, el documento aún debe ser promulgado por el Presidente de la República, Marcelo Rebelo de Sousa.
El nuevo régimen de comisiones también establece que, mientras dure el acuerdo transitorio que facilita la renegociación de los préstamos (para hacer frente a la subida de los tipos de interés), los bancos no podrán exigir que se adquieran servicios o productos relacionados (seguros, tarjetas de crédito o incluso bienes tangibles) durante la renegociación.
El proyecto de ley aprobado también contiene otra modificación del régimen que permite el rescate anticipado de los planes de jubilación hasta el límite mensual de un índice de previsión social (que está en vigor hasta finales de este año) y ahora permite el uso de estos fondos "a efectos de rescate anticipado de los contratos de crédito mencionados en el mismo hasta un límite anual de 12 IAS".
Más limitaciones en el cobro de comisiones y transferencias gratuitas
Este proyecto de ley también limita el cobro de comisiones bancarias en otras situaciones, como en caso de fallecimiento, y duplica el número de transferencias por banca a distancia o aplicaciones propias, sin coste alguno.
Esto significa que la nueva ley también limita el cobro de comisiones en caso de cambio del titular de la cuenta, en caso de fallecimiento de uno de los cónyuges y en la determinación de herederos. Además, se prohíbe a los bancos cobrar comisiones en caso de divorcio, disolución de la convivencia, procedimientos de "supresión de titulares de cuentas fallecidos", "cambio de titulares de cuentas, agentes y otras personas autorizadas a tramitar depósitos a la vista", y cuentas de asociaciones de propietarios de bienes inmuebles, instituciones privadas de solidaridad social (...) o entidades jurídicas reconocidas sin ánimo de lucro (...)".
Por otro lado, los bancos ya no podrán cobrar "comisión alguna" por "fotocopias de documentos de la institución que conciernen al consumidor", "emisión de duplicados de extractos bancarios u otros documentos", y en el contexto de depósitos en moneda, "entidades de crédito no podrá cobrar comisiones superiores al 2% del valor de la operación".
Además, el proyecto de ley prevé duplicar las transferencias gratuitas de las 24 actuales a 48 transferencias realizadas a través de home banking o aplicaciones propias a cuentas con servicios mínimos. Dejarán de estar sujetas a comisiones "las transferencias intrabancarias, las transferencias desde cajeros automáticos, 48 transferencias interbancarias por año natural realizadas a través de home banking o aplicaciones propias, cinco transferencias al mes con un límite de 30 euros por operación realizada a través de aplicaciones de terceros".